sábado, 8 de mayo de 2010

El PSOE califica de hipócrita la actitud del PP en relación al reglamento de disciplina urbanística de Andalucía

El PSOE de Estepona lamenta la enorme hipocresía del PP de Estepona por tratar deliberadamente de confundir a los ciudadanos en relación al Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía.

Desde el PSOE local queremos recordarle que su todavía portavoz y presidente local, Ignacio Mena, tuvo en sus manos como concejal de Urbanismo de este ayuntamiento, la oportunidad de plantear medidas que permitiesen iniciar diferentes líneas de trabajo con la Junta de Andalucía sobre la nueva normativa y ordenación a nivel urbanístico.

Los campitos de Estepona. 
A diferencia del absoluto pasotismo que Mena demostró cuando pudo haber contribuido a resolver esta situación, el actual gobierno municipal sí se ha preocupado y, por ello, ha firmado un acuerdo de colaboración con la Junta de Andalucía con el fin de, fundamentalmente, conocer a fondo cual es la problemática de las viviendas en suelo no urbanizable.

Para los socialistas esteponeros los conocidos popularmente como 'campitos', responden a una tradición fuertemente arraigada a la idiosincrasia propia de Estepona, que necesita su encauzamiento y su atención preferente y que en nada es equiparable a las motivaciones especulativas que puede haber ocasionado 'el boom inmobiliario' de estos años atrás.

Desde el PSOE local estamos convencidos de que el nuevo Reglamento de Disciplina Urbanística se configura como una recopilación de respuestas a casos prácticos para facilitar el ejercicio de las competencias municipales. En este sentido, se detallan de manera precisa tanto los procedimientos de licencias como las distintas tipologías de las mismas, además de introducir nuevas medidas de agilización como las autorizaciones por fases y parciales o los procedimientos abreviados para obras menores.

El refuerzo de las acciones destinadas a prevenir infracciones urbanísticas es otra de las claves del reglamento. Se incorporan así nuevas medidas de coordinación con el Registro de la Propiedad, que deberá comunicar a las administraciones competentes la solicitud de inscripción de parcelaciones, cuando existan dudas fundadas sobre su licitud. Asimismo, se amplía el listado de hechos inscribibles con nuevos supuestos de trascendencia para la disciplina urbanística, como obras fuera de ordenación, situaciones a la espera de respuesta por el planeamiento urbano y sentencias firmes que acuerdan la nulidad de licencia.

Otra novedad en esta línea es la introducción de nuevos supuestos de presunción de parcelación ilegal en suelo no urbanizable, según criterios objetivos y antes de que se materialice sobre el terreno.

Igualmente novedosa es la introducción del principio de 'cumplimiento por equivalencia' para aquellas situaciones excepcionales en las que es imposible la ejecución material o legal de las resoluciones dictadas, previos informes técnico y jurídico que así lo acrediten. En estos casos (entre los que no se incluye el 'derribo exprés') se exigirá una indemnización sustitutoria en metálico o mediante la cesión de terreno, con independencia de la multa que se imponga.

El régimen sancionador incluye también por primera vez el reconocimiento de la buena disposición del infractor a acatar las resoluciones y restaurar la legalidad, de tal modo que podrá beneficiarse de una reducción del 50% si asume la reparación antes de los dos meses estipulados. Esta medida también será aplicable si el interesado abona la multa en el plazo de un mes o presenta aval por el total del coste de la reposición física.

Por último, queremos recordar que en su proceso de tramitación, el texto ha contado con el respaldo del Consejo Andaluz de la Concertación Local, donde están representados todos los ayuntamientos andaluces. Asimismo, se han incorporado la mayoría de las alegaciones presentadas por colectivos profesionales y numerosas entidades y asociaciones públicas y privadas.